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COMA, GANE Y VIAJE CON AEROMEXICO.

La Cámara Costarricense de Restaurantes y Afines, CACORE, cédula de persona jurídica número, tres – cero cero dos – cuero cuatrocientos cincuenta y seis-  ochenta y cuatro y la Cámara de Comercio Diversa, con cédula jurídica número tres- cero cero dos- cero cincuenta y seis veinte- treinta y cuatro;  de conocimiento público, para todos los efectos de ley que correspondan, denominados en adelante como los ORGANIZADORES, realizan el presente reglamento que regirá todo lo relacionado con la promoción denominada “COMA, GANE y VIAJE” de conformidad con las siguientes cláusulas:

 

PRIMERA: GENERALIDADES:

 

Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá la promoción “COMA, GANE Y VIAJE”  Lo aquí dispuesto será de obligatorio acatamiento para los participantes y los  ORGANIZADORES. Se entiende quien participe, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento. La participación en la promoción implica la decisión del participante de obligarse por estas reglas y por las decisiones de los ORGANIZADORES, las cuales tendrán carácter de definitivo en todos los asuntos relacionados con la promoción. Cualquier violación a las mismas, o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización de la promoción, implicará la inmediata exclusión de la misma y/o la revocación de los premios.

 

SEGUNDA: DE LOS ORGANIZADORES:

 

La Cámara Costarricense de Restaurantes y la Cámara de Comercio Diversa, en adelante denominado los “ORGANIZADORES”; son los organizadores de la promoción y únicos responsables de la misma.

 

Son también parte importantes los establecimientos de alimentos y bebidas afiliados a CACORE que aceptaron participar en la promoción COMA, GANE Y VIAJE, quienes se comprometen a poner en las mesas de sus establecimientos, un hablador impreso de la promoción, que le será entregado por los ORGANIZADORES, para que los clientes puedan tomarse las fotografías y hacer efectiva su participación, según las indicaciones que como requisitos figuran en el presente reglamento. Di igual forma estos establecimientos harán entrega de dos certificados por negocio, para realizar rifas y activaciones a la promoción durante el año de permanencia de la promoción.

 

TERCERA: PARTICIPANTES:

 

Podrán participar en esta promoción todas aquellas personas físicas y residentes de manera legal en Costa Rica, que al día de participación tengan 18 años de edad, y cuenten con documento de identificación al día que demuestre la permanencia legal en el país.

 

CUARTA: PLAZOS:

 

  1. Plazo para participar: El plazo para participar será desde el 01 de marzo del 2017  hasta el 28 de febrero del 2018, a las 24 horas.

 

  1. Fechas del Sorteo: El sorteo se realizará el primero de setiembre de dos mil del 2017 y el segundo sorteo será el 01 de marzo del 2018. En caso que dicha fecha resulte en un día inhábil, se entenderá que el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente.

 

  1. Cada 15 días, se realizará una rifa de certificados de establecimientos que están participando en la promoción, listado que será publicado en las páginas de Facebook de ambas cámara que conforman a los organizadores de la promoción.

 

  1. Plazo para reclamar los premios: EL GANADOR será anunciado en la página web y página de Facebook las cámaras organizadoras y el premio deben reclamarlo a más tardar diez días hábiles después del sorteo.

 

QUINTA: PREMIOS:

 

En esta promoción se sorteará en total dos tiquetes aéreos a cualquier de los 46 destinos en México, mismos que serán patrocinados por la línea aérea Aeroméxico, de forma tal que la promoción será para un ganador que viajará solo. El pasaje aéreo se sorteará uno en cada fecha, antes indicadas.

 

Cada premio individual tiene las siguientes características, restricciones y condiciones: 

 

  1. Los boletos aéreos son con espacio y no es endosable, ni tiene valor comercial. El destino será a su libre selección dentro del territorio mexicano y donde Aeroméxico tenga destino. No permite cambio de ruta y/o nombre una vez emitido, ni cualquier beneficio de nuestro programa de viajero frecuente, incluyendo acumulación de millas.

 

  1. Los boletos aéreos son en CLASE ECONÓMICA la cual deberá de estar disponible al momento de reservación. Si no hay disponibilidad en esa clase, se deberá seleccionar el próximo vuelo con espacio disponible en dicha clase. Bajo ninguna circunstancia se permite el canje de clase ejecutiva, los boletos únicamente serán efectivos en clase económica.

 

  1. Las áreas válidas de viaje son entre Costa Rica y México.

 

  1. El primer certificado electrónico y expira el 15 de setiembre del 2017, y podrá viajar en los próximos 6 meses, por lo que si EL GANADOR no lo hace efectivo antes de esa fecha lo pierde, por lo que exime de responsabilidad a los ORGANIZADORES y a Aeroméxico.

 

  1. La reservación de este boleto puede ser realizada con directamente en la oficina de Aeroméxico en Costa Rica. Este boleto será emitido solamente por Aeroméxico. EL GANADOR estará obligados a gestionar los vuelos y reservas directamente. Los ORGANIZADORES quedan relevados de gestiones posteriores y su responsabilidad u obligaciones se limitarán a la entrega del premio para que EL GANADOR proceda a hacerlo efectivo.

 

  1. EL GANADOR  está obligado a cubrir de su propio bolsillo los costos de cualquier impuesto de entrada o salida, cargos por equipaje documentado, así como a cualquier tasa, impuesto, contribución necesaria para hacer efectivo el premio.

 

  1. No se permite vender, ceder, traspasar, endosar o donar tiquete indicado. Cualquier conocimiento de estas prácticas llevarán a la anulación de los certificados.

 

  1. Todo viaje estará sujeto a las Políticas de Transporte de Aeroméxico, disponibles en la página web de la aerolínea.

 

  1. El premio no incluye:

    1. Gastos de traslados en el país de destino elegido.

    2. Gastos de Hospedaje, estadía y otros.

    3. Gastos por seguros médicos de viaje.

    4. Gastos de equipaje

    5. Seguro médico de viaje

    6. Gastos de alimentación, de espectáculos, giras, de tours, ni viajes internos dentro del territorio seleccionado.

 

Los ORGANIZADORES no podrán ser obligados a sustituir el premio por ningún otro de ninguna clase similar, ni a que se cambie a clase ejecutiva o primera clase. Para ser acreedor del premio, EL GANADOR deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento. El premio es uno, indivisible, intransferible y no negociable por ningún otro. El premio podrá ser aplicado únicamente al participante que resulte GANADOR. Se tendrá como GANADOR a la persona que resulte del sorteo y cuyos datos coincidan con los de la persona que posteo su fotografía en la presente promoción.

 

SEXTA: REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA SER ELEGIDO GANADOR:

 

Para ser elegido GANADOR se requieren los siguientes requisitos indispensables:

 

  1. Ser mayor de edad.

  2. Tener pasaporte vigente.

  3. Haber posteado su fotografía, y cumplido con las indicaciones desglosadas en la cláusula sétima referente a la mecánica de la promoción.

 

Si EL GANADOR no acepta un premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido con relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.

 

Si EL GANADOR DEL PREMIO NO RETIRAN SU PREMIO; ello no generará responsabilidad de ningún tipo para los ORGANIZADORES, y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna.

 

Si un GANADOR resulta elegido dos o más veces, únicamente podrá reclamar un solo premio, por lo que los ORGANIZADORES volverán a sortear nuevamente los premios entre los restantes participantes. El GANADOR acepta que no existirá derecho de reclamo o indemnización por o anterior.

 

Para los efectos de éste Reglamento, se entenderá a GANADORES al conjunto de personas que ganen la totalidad de premios y se considerará como GANADOR a la persona que individualmente gane un premio, por lo tanto, toda referencia individual será entendida como aplicable al GANADOR en su condición individual.

 

SÉTIMA: MECÁNICA DE LA PROMOCION:

 

Quien desee participar en la presente promoción y cumpla con los requisitos antes indicados simplemente deberá Publicar un selfie o fotografía tomada en el restaurante de su agrado con el menú y el hablador de la promoción que lo faculta como participante, dicha publicación debe hacerse en el Facebook de CACORE; www.facebook.com/cacorecr y deberá tener los siguientes hastagg #COMAGANEVIAJE #CACORE #DIVERSA Y #AEROMEXICOCR

 

De igual forma, los RESTAURANTES participantes brindarán certificados para hacer rifas periódicas cada 15 días, entre todos aquellos que hayan posteado su selfie o fotografía y publicado los respectivos hastagg, listado que serán publicados en la misma página de Facebook de ambos organizadores.

 

OCTAVA: SELECCIÓN DE LOS GANADORES:

 

La selección de los GANADORES será en forma aleatoria, entre todas las personas que participaron según las indicaciones. Al momento de los sorteos estará presente un representante de cada cámara y de la aerolínea patrocinadora AEROMEXICO, quienes levantarán un acta haciendo constar la identidad de los GANADORES.

 

El GANADOR estará sujeto a verificación por parte de los ORGANIZADORES en cuanto a las condiciones de la promoción y sus datos personales.

 

NOVENA: COMUNICACIÓN Y RECLAMO DE PREMIOS: 

 

El GANADOR será contactado por los ORGANIZADORES  por medio de su perfil FACEBOOK vía mensaje privado. Los organizadores realizarán un máximo de tres intentos de localizar a cada GANADOR. De cada intento se quedará constancia escrita. Si no fuese posible localizar a algún GANADOR, se tendrá por no reclamado el premio y se procederá a realizar nuevamente el sorteo. Los organizadores harán sus mejores esfuerzos por localizar a cada GANADOR, sin que esto implique que asumen responsabilidad alguna en caso de no localizarlo.

 

Para reclamar efectivamente su premio, cada GANADOR deberá acudir por sus propios medios al lugar al que se le citará y presentar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad, una copia de dicho documento.

 

DÉCIMA: RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANIZADORES

 

Los ORGANIZADORES serán responsables únicamente por la entrega de los premios indicados en el presente reglamento y por la aplicación del mismo. LOS ORGANIZADORES considerarán como GANADOR individual de cada premio a la persona física titular perfil Facebook. Cualquier disputa en cuanto a la titularidad del premio será siempre un asunto ajeno a los ORGANIZADORES, a quien los participantes eximen de cualquier responsabilidad.

 

En razón de que cada premio se entregará a un GANADOR, éste está obligado a firmar el documento de recibo de su premio que a juicio de los ORGANIZADORES éste considere aplicable. Si el GANADOR rechaza el premio en el transcurso de 10 días hábiles siguientes a la fecha del sorteo, éste se considera extinguido en relación con él y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna. Lo mismo sucederá si el GANADOR de cualquier forma incumple el presente Reglamento. 

 

Los ORGANIZADORES no asumen responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados por caso fortuito, fuerza mayor o actos de terceros.

 

Los participantes de la promoción tienen por entendido que este reglamento se basa en el ordenamiento jurídico costarricense, y que toda controversia será resuelta por medio de la legislación costarricense. Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este reglamento de forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los ORGANIZADORES. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los ORGANIZADORES en cualquier asunto relacionado con la promoción. Bajo ninguna circunstancia los premios son negociables y no pueden ser canjeados por dinero u otros objetos o derechos que no sean los especificados en este reglamento por parte de la empresa.

 

Los ORGANIZADORES no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir un participante de la promoción para participar o bien un GANADOR para la obtención o disfrute de su premio, lo cual correrá por su propio peculio.

 

 

Los ORGANIZADORES no se hacen responsables por querellas, juicios, daños o perjuicios ocasionados por el uso de los premios, ni por reclamos relacionados con la calidad o durabilidad de los mismos. Así como no se hacen responsables por daños, lesiones, muerte, enfermedad y cualquier otro que afecte al GANADOR y sus acompañantes durante el viaje.

 

Los ORGANIZADORES tienen la facultad de modificar, variar, cambiar el presente reglamento en el momento en el que lo considere oportuno, y dichos cambios o modificaciones serán publicados de inmediato en la página oficial de ambas Cámaras.

 

UNDÉCIMA: CONDICIONES Y LIMITACIONES DE LA PROMOCIÓN 

 

  1. Se entenderá que todo destinatario de la promoción que decida participar en ella conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento. Igualmente se entenderá que conoce las condiciones del premio al que esta promoción se refiere.

 

  1. Los ORGANIZADORES se reservan el derecho de exigirle al GANADOR que, mediante documento escrito, manifieste su aceptación de este Reglamento y de los documentos a que éste hace referencia, así como de las responsabilidades vinculantes que le supondría solicitar el canje de un premio de esta promoción. La negativa, por parte del participante que desee canjear un premio y/o sus acompañantes, a firmar o aceptar cualquiera de las condiciones o beneficios de este Reglamento, eximirá de la responsabilidad de canjear el premio a los ORGANIZADORES y no tendrá responsabilidad alguna con el GANADOR.

 

  1. La promoción es por tiempo limitado.

 

  1. El premio no es rembolsable en dinero.

 

  1. Los premios son personalísimos e intransferibles, se prohíbe su venta, regalo, cesión o traspaso a cualquier persona, a excepción de lo dispuesto en el párrafo final de la Cláusula Quinta.

 

  1. Ningún participante podrá resultar favorecido más de una vez en esta promoción.

 

  1. El GANADOR y su acompañante manifiestan estar conformes con los alcances de la promoción y del premio, y que de manera libre y voluntaria se someterán a lo establecido en el reglamento promocional y en el presente documento para el disfrute del mismo. Por tanto, conocedores tanto el GANADOR como su acompañante de los términos y condiciones aplicables a la promoción, entienden y aceptan que la responsabilidad de los ORGANIZADORES se limita a la entrega efectiva del premio, de modo que no se hace responsable por problemas o daños ajenos ocurridos al GANADOR o a su acompañante durante el disfrute del premio o con ocasión del mismo. Manifiestan que los ORGANIZADORES no serán responsables por: 

 

  1. Vigilancia, protección y seguridad del GANADOR y/o su acompañante ni de los bienes que porten durante el viaje. 

 

  1. Gastos personales, de traslados u otros relacionados con el disfrute del premio. El GANADOR y su acompañante manifiestan lo siguiente:

 

  1. Que viajarán bajo su total cuenta y riesgo. En consecuencia, liberan de toda responsabilidad y obligación presente o futura, directa o indirecta, subjetiva u objetiva, los ORGANIZADORES, sus representantes, agentes, empleados, delegados, divisiones, subsidiarias, afiliadas, franquiciados y cesionarias, de cualquier reclamo, demanda, acción, pérdida, pasivo, responsabilidad u obligación, de cualquier naturaleza, incluyendo sin que la enumeración signifique una limitación a sólo estas causas, las siguientes: reclamos por lesiones, muerte, enfermedad, gastos médicos, pérdida de objetos personales, querellas, juicios, daños o perjuicios que sufra durante o con ocasión del disfrute del premio.

 

  1. Que entienden y aceptan su total responsabilidad por cualquier daño o perjuicio que  cause a otros,  a los ORGANIZADORES o terceros, comprometiéndose a repararlo de manera  inmediata. 

 

                                                              

DUODÉCIMA: TERRITORIO:

 

La presente promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica.

 

DÉCIMO TERCERA: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN:

 

Los ORGANIZADORES se reservan el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta. La alteración de documentos, fotos e información sobre los participantes y El GANADOR, así como el engaño, fraude o falsificación que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los ORGANIZADORES sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus ORGANIZADORES, podrán ser perseguidas por los medios previstos en la ley.

 

DÉCIMO CUARTA: APLICABILIDAD DEL REGLAMENTO:

 

La totalidad del presente reglamento se aplicará por igual a todos los participantes de la promoción, el cual podrán conocer en todo momento, ya que estará publicado en las páginas web de los ORGANIZADORES, www.cacore.cr y www.ccdcr.org

 

DÉCIMO QUINTA: CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES.

 

Los participantes reconocen que los ORGANIZADORES no recopilarán ni darán tratamiento a información de datos personales sensibles ni de acceso restringido, y solo se dará tratamiento a datos personales de acceso público, para lo cual los participantes con el solo hecho de participar aceptan y consienten que los datos relativos a sus nombres, fotografías y teléfonos fijos o celulares sean tratados por parte de los ORGANIZADORES, para efectos de esta promoción.

 

En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, los ORGANIZADORES informan a todos los participantes de la promoción la eventual existencia de una base de datos automatizada donde se recopilarán sus datos personales de acceso público, tratándose específicamente del nombre completo y teléfonos celulares o fijos de los participantes y de la información que consta en las boletas para participar.

 

La información contenida en la base de datos será de uso exclusivo de los ORGANIZADORES, y será de carácter estrictamente confidencial, solo para fines de registro administrativo, histórico y estadístico de la dinámica de la promoción y para la validación de la base de datos.

 

Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte de los ORGANIZADORES, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.

 

DÉCIMO SEXTA: DERECHOS DE IMAGEN:

 

El GANADOR y su acompañante aceptan y autorizan a los ORGANIZADORES que sus nombres e imagen, información personal aparezcan en publicaciones de los ORGANIZADORES. y demás medios publicitarios y, en general, en todo material de divulgación con fines promocionales que el ORGANIZADOR desee hacer durante la promoción o una vez finalizada la misma, sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos adicionalmente. Así mismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen. LOS GANADORES autorizan a los ORGANIZADORES para el uso de su nombre e imagen para su promoción, publicidad y mercadeo relacionado siempre con el premio al cual se han hecho acreedores, sin que por ello tenga derecho a recibir ni se vaya a reclamar compensación económica alguna por el uso de su imagen.

 

DÉCIMO SÉTIMA: RELACION ENTRE LAS PARTES:

 

Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal del comercio. Ningún participante o GANADOR de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de los organizadores. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

 

DÉCIMO OCTAVA: PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN:

 

La totalidad de la información de los participantes pertenecerá a los ORGANIZADORES. Los participantes autorizan el acceso a su información y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el ORGANIZADOREZ, autorizando, además el uso de dicha base de datos para cualquier fin autorizado por el ordenamiento jurídico.

 

DECIMO NOVENA: LISTA DEL GANADOR: 

 

Al finalizar la promoción, los nombres y premios estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.

 

VIGÉSIMA: INFORMACIÓN ADICIONAL. 

 

Para mayor información, consultas, o ejercicio de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales, pueden llamar al número 2234-2304. La información que se suministre no altera ni modifica el presente reglamento.

 

VIGÉSIMO PRIMERA: ACTUACIÓN NOTARIAL

 

El sorteo y anuncio de los resultados de los participantes que resulte GANADOR, así como la declaración de la persona GANADORA serán frente a notario público de elección de los ORGANIZADORES, y se realizará un acta notarial creada al efecto para validar el sorteo. Este reglamento podrá ser protocolizado en la ciudad de San José, ante notario público elegido por el ORGANIZADOR.

 

Comuníquese, San José,  01 de marzo del 2017.

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN:

ORGANIZAN:

PATROCINAN:

Contáctenos:

T: (506) 4030-0134

T: (506) 2201 1581

T: (506) 8829  7237

Escríbanos:

info@ccdcr.org

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